• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO DE EGEA TORRON
  • Nº Recurso: 314/2024
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: aborda a una mujer en un pasadizo y, por sorpresa, le toca el pecho izquierdo. CONTENIDO DE LA ACCIÓN: el contacto corporal sobre una zona de inequívoco contenido sexual supone una evidente intrusión en la esfera de la libertad sexual de la mujer. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: en la declaración de la que la respaldan. víctima concurren las exigencia de credibilidad objetivas y subjetivas establecidas por la jurisprudencia y goza de elementos periféricos que la respaldan.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: IGNACIO PANDO ECHEVARRIA
  • Nº Recurso: 11/2024
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Intervención de plantación de marihuana que se cultivaban en el interior de una vivienda en la que se encontraba el acusado al momento de la actuación policial. Improsperabilidad, a la vista de las circunstancias concurrentes, de la alegación del acusado de que desconocía la existencia de la plantación. Suficiencia de la analítica realizada sobre 30 de las 480 plantas recogidas para extrapolar a todas ella los resultados de dicha analítica. La cantidad de droga aprehendida junto con la que fue objeto de sustracción, así como el carácter industrial de la explotación de marihuana intervenida, excluyen de forma racional que toda esa cosecha fuese para el consumo compartido de cuatro personas, por lo que debe excluirse que ese fuese el único y exclusivo fin que se iba a dar a la marihuana cultivada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA LUISA BARRIO BERNARDO-RUA
  • Nº Recurso: 382/2024
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La decisión judicial de archivar unas diligencias previas por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal o cuya existencia no aparecen debidamente justificadas o no resultan imputables a persona determinada, no lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva, pues, el derecho al ejercicio de la acción penal no supone un derecho incondicionado a la apertura y plena satisfacción del proceso penal, sino que es compatible con un pronunciamiento motivado del órgano judicial en fase instructora que le ponga término anticipadamente de conformidad con las previsiones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siempre que el órgano judicial lo entienda razonadamente así. La única vinculación existente entre la acusada y los hechos deriva de haber recibido, un Bizum, en una cuenta titularidad de su madre de una suma abonadas por el denunciante como consecuencia de las operaciones de compraventa de vehículos realizadas con M, considerando que la explicación se presenta como una hipótesis posible de lo sucedido, pues, la recepción del dinero fue después de que le reclamase el pago de la deuda que M mantenía con ella como consecuencia de un recambio de automóvil que le había facilitado, unos años atrás, cuando trabajaba en una empresa que se dedicaba a esa actividad y que no le había sido abonada. Requerimiento al que le contestó que le iba a enviar un bizum por lo que al recibir la alerta pensó que era el pago debido sin comprobar quien lo había remitido y el concepto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
  • Nº Recurso: 170/2024
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: No es requisito para la adopción de las medidas cautelares reales notificar el Decreto que las adoptó. Motivación suficiente del Decreto. Presupuestos generales para la procedencia de las medidas cautelares. Necesidad de especificar si las medidas cautelares se adoptan para garantizar la efectividad del decomiso o la satisfacción de las responsabilidades civiles o el pago de las sanciones pecuniarias.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 8/2023
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Simulación de facturas de venta de oro con las que justificar tanto su adquisición como un importe superior al real y ocultar su verdadero margen de beneficio. Conformidad de varios de los acusados. Naturaleza jurídica de la conformidad. Delito contra la Hacienda Pública. Delito de falsedad en documento mercantil. Circunstancia atenuante analógica de confesión tardía. Desconocimiento por algunos acusados de la finalidad de la actuación falsaria: absolución por delito contra la Hacienda Pública. Responsabilidad penal de las personas jurídicas: sólo son susceptibles de imputación las sociedades que no constituyen meras proyecciones de las actividades delictivas de las personas físicas, como las sociedades unipersonales carentes de una estructura corporativa compleja.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RICARDO CUESTA DEL CASTILLO
  • Nº Recurso: 5/2024
  • Fecha: 24/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La regulación del tipo básico de abuso sexual contiene una serie de presunciones sobre la falta de consentimiento -al resultar los supuestos en ella contemplados incompatibles con la consciencia y la libertad de acción exigibles-, pero ello no significa que sean los únicos casos de falta de consentimiento ni de abuso sexual. En el caso, aunque no concurrieran violencia ni intimidación, privación de sentido, trastorno mental, anulación de voluntad por el uso de fármacos, drogas u otras sustancias ni prevalimiento de ninguna situación de superioridad que coartara la libertad de la víctima, del relato de hechos probados se desprende sin duda alguna la falta de consentimiento expresada de modo expreso por la víctima al recurrente para mantener relaciones sexuales con él, por lo que concurren todos los elementos requeridos por el tipo. No consta prueba alguna del alegado error invencible sufrido por el recurrente, sino que, por el contrario, del inamovible relato de hechos probados se desprende que este apreció claramente la negativa de la víctima a mantener la relación sexual inicialmente proyectada y, pese a ello, la consumó. El tribunal sentenciador aplicó correctamente las reglas penológicas establecidas en el art. 77.1 y 2 CP, ya que los hechos son constitutivos de un concurso ideal heterogéneo de los delitos previstos en los arts. 49 CPM y 181.1 y 4 CP, al protegerse en ellos bienes jurídicos distintos, lo que impide la aplicación del principio «non bis in ídem».
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES
  • Nº Recurso: 1073/2023
  • Fecha: 23/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: intento de penetración por vía vaginal a menor de edad. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: criterios para determinar su validez como elemento de cargo. Especialidad en los casos de prueba preconstituida y posterior pericial psicológica en la vista. Prevenciones derivadas de la condición de menor de la testigo, a la que no se puede exigir una declaración en los mismos términos que a un adulto plenamente capacitado. NORMA APLICABLE: es la LO 10/2022, más beneficiosa para el reo. CONTENIDO DE LA ACCIÓN: las palabras y los términos usados por la menor denotan un contenido sexual de la acción incuestionable, superando el mero contacto para llegar a la penetración. DELITO INTENTADO: se ejecutaron la totalidad de los actos requeridos por el tipo pero sin que se llegase a producir el resultado por causas ajenas a la voluntad del sujeto. DETERMINACIÓN DE LA PENA: incremento de la reprochabilidad por la edad de la menor, el aprovechamiento de la relación de convivencia y las consecuencias que prtodujo el hecho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: VICENTE MANUEL TORRES CERVERA
  • Nº Recurso: 149/2024
  • Fecha: 23/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Restricciones a la posibilidad de rectificar en vía de recurso los aspectos fácticos de sentencias absolutorias para consignar un nuevo relato de hechos probados al que unir un pronunciamiento condenatorio contra quien había resultado absuelto en la instancia. El testimonio de la víctima puede convertirse en un elemento probatorio válido para enervar la presunción de inocencia siempre que cumpla determinados requisitos que la convierten en una prueba sobre la que sostener la condena. La palabra de un solo testigo, sin ninguna otra prueba adicional, puede ser suficiente en abstracto para alcanzar la convicción subjetiva. Ahora bien, la exigencia de una fundamentación objetivamente racional de la sentencia hace imposible apoyar una condena sobre la base de la mera creencia en la palabra del testigo, a modo de un acto ciego de fe. No basta creérselo, es necesario explicar por qué es objetiva y racionalmente creíble; y por qué de ese testimonio se puede seguir tina certeza con solidez suficiente para no tambalearse ante otros medios de prueba contradictorios. En los casos de declaración contra declaración se exige una valoración de la prueba especialmente profunda y convincente respecto de la credibilidad de quien acusa frente a quien proclama su inocencia; así como un cuidadoso examen de los elementos que podrán abonar la incredibilidad del testigo de cargo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ
  • Nº Recurso: 42/2024
  • Fecha: 23/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito continuado de quebrantamiento de condena y de un delito de amenazas, para disponer su libre absolución por ambos delitos. Acusado a quien se le atribuye el haber enviado numerosos mensajes de texto al móvil de su ex pareja sentimental contraviniendo la pena que le prohibía comunicarse con ella por cualquier medio. Facultades del tribunal de apelación en orden a revisar la valoración de la prueba realizada por el juez de primer grado que le recibe personal y directamente. Presunción de inocencia y pruebas de cargo bastante para la condena. Testimonio de la denunciante y su valor incriminatorio cuando es la única prueba de cargo. Acusado que niega el envío de los mensajes de texto denunciados y extraídos del teléfono móvil de la denunciante. El teléfono que consta como origen de los menajes remitidos no se corresponde con la titularidad del acusado. Prueba testifical sin corroboración segura. Grabaciones de voz escuchadas en el teléfono móvil de la denunciante por la fedataria pública judicial pero que ni fueron llevadas al programa Arconte ni fueron escuchadas en el juicio oral, por lo que el acusado no ha podido contradecir su contenido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER MARTINEZ DERQUI
  • Nº Recurso: 463/2024
  • Fecha: 23/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABANDONO DE FAMILIA: impago de la parte de las cuotas hipotecarias asignada en el procedimiento sobre guardia, custodia y alimentos de los hijos menores. CONTENIDO DEL RECURSO DE APELACIÓN: más amplio que la casación. permite alegar la presunción de inocencia y el error en la valoración de la prueba, controlando su práctica y valoración para controlar el juicio realizado, de manera que el cambio de criterio se tiene que basar no en simples apreciaciones subjetivas sobre el peso o valor de determinadas pruebas, sino a parámetros objetivos que justifiquen la racionalidad del cambio de criterio mediante la adecuada motivación. CONTENIDO DEL DELITO: resolución judicial que impone la obligación, conducta omisiva consistente en el impago y voluntad de incumplir la obligación impuesta, incompatible con una situación objetiva de necesidad. CUOTAS HIPOTECARIAS: son una prestación económica a cargo de ambos progenitores y, con independencia de su naturaleza como carga del matrimonio o como deuda de la sociedad de gananciales, por lo que su impago integra el tipo.

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